Costa Rica anula decreto que prohibía la salida del país a los solicitantes de refugio

La Sala IV de la Corte Suprema de Costa Rica anuló y declaró inconstitucionales dos decretos emitidos por el Poder Ejecutivo el 29 de noviembre de 2022. Las disposiciones giraban alrededor de la prohibición de la salida del país a solicitantes de refugio y la aplicación de un solicitante de refugio a la Categoría Especial Temporal en el país.

El Tribunal declaró inconstitucional la norma del decreto 43810-MGP que castigaba a los solicitantes de refugio ya que el Gobierno estableció que la solicitud de autorización de salida de Costa Rica suponía un desistimiento tácito de la gestión de refugio; por lo que la institución costarricense estimó que esta norma infringía el derecho al refugio, el principio de reserva de ley y la libertad de tránsito.

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Según la Sala, el decreto 43810-MGP violentaba las garantías a los solicitantes de refugio contenidas en los artículos 22 y 28 de la Constitución Política, así como en los 26, 27 y 28 de la Convención sobre el Estatuto de Refugiados, y el artículo 22, incisos 2 y 3, de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Sobre la Categoría Especial Temporal

La Sala IV también declaró inconstitucional el artículo 4, inciso f, del decreto 43809, que establecía el desistimiento de la solicitud de refugio pendiente de resolver al adherirse a la condición especial temporal para personas migrantes de Cuba, Venezuela y Nicaragua.

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Cabe mencionar que esta disposición, fue derogada por el propio Poder Ejecutivo el 15 de junio pasado mediante el decreto 44133.

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