Desde la crisis sociopolítica de 2018, Costa Rica es el país que más solicitudes de refugio de personas nicaragüenses ha recibido. Muchas esperan años una respuesta. Otras la reciben en forma de denegatoria, con un plazo de apenas tres días hábiles para recurrir, sin prórroga posible.
Según el Buscador de Datos sobre Refugiados de ACNUR, desde 2018 se han rechazado unas 10.340 solicitudes de refugio de personas nicaragüenses en Costa Rica, mientras que 18.894 han sido reconocidas como refugiadas. Solo en 2025, la Unidad de Refugio cerró unos 53.000 expedientes de personas nicaragüenses y el país terminó el año con 160.398 gestiones de refugio activas, según Infobae.
En En ese contexto, María José Mayorga, asesora legal del Servicio Jesuita para Migrantes Costa Rica, explicó en Casa Abierta qué hacer al recibir una resolución negativa. “No quiere decir que su procedimiento termine en ese momento”, subrayó. Llamó a “correr en el momento que nos notifican” y a buscar asesoría gratuita. Si no es posible, aclaró, “el recurso de revocatoria y apelación lo pueden presentar por su cuenta sin necesidad de ningún abogado”.
Los tres días se cuentan de lunes a viernes, sin feriados ni asuetos institucionales. Si la notificación llega un viernes, el último día para recurrir es el miércoles. Si el plazo vence, la resolución queda firme y el caso se archiva. “De ahí no podemos hacer nada”, advirtió.
Existen dos recursos, que deben presentarse juntos. Con la revocatoria, la Comisión de Visas y Refugio revisa su propia decisión. Con la apelación, la revisa el Tribunal Administrativo Migratorio, instancia final del procedimiento. Mientras se resuelven, la persona conserva su condición de solicitante y puede renovar su carnet.
Correo, firma y otra vía de regularización
“El único medio por el cual la unidad de refugio va a notificar cualquier tipo de resolución” es el correo electrónico indicado al formalizar la solicitud, precisó Mayorga. Quien no aportó un medio de notificación, o lo registró mal, puede ser notificado automáticamente 24 horas después de emitida la resolución y perderá la posibilidad de recurrir. El correo puede actualizarse los jueves y viernes, de 7:00 a. m. a 11:00 a. m., en la sede de La Uruca.
El escrito puede hacerse a mano e incluir el número de expediente y los datos de la resolución. Debe explicar por qué la persona sí cumple los requisitos para ser refugiada. “No podemos presentar un solo recurso para toda la familia”, recordó: cada integrante presenta el suyo. Recomendó firmarlo ante el funcionario y entregarlo de forma presencial en La Uruca, no por correo, porque “no podemos tener una certeza del recibido”.
Si el rechazo se confirma, Mayorga recordó que en Costa Rica “hay muchísimas categorías migratorias” y que conviene valorarlas con asesoría. Una de ellas fue reactivada por la Dirección General de Migración y Extranjería mediante la resolución DG-0064-05-2026: una categoría especial temporal para personas nicaragüenses, venezolanas, cubanas y colombianas con solicitudes pendientes o denegadas, presentadas entre el 1 de junio de 2014 y el 7 de mayo de 2026. Las citas se reciben hasta el 1 de septiembre de 2027, y la institución prevé regularizar a unas 10.000 personas.
El Servicio Jesuita atiende gratis en Lourdes de Montes de Oca, San José, y coordina citas por WhatsApp o en info@serviciosjesuitacr.org. Se recomienda llevar la copia de la entrevista de elegibilidad.






