Reformas a la Ley de Migración incluye nuevas facultades para el Ministerio del Interior
El régimen de Nicaragua ha presentado un proyecto de ley para reformar 67 artículos de la Ley General de Migración y Extranjería, que introduce modificaciones significativas en el proceso migratorio del país.
La iniciativa legislativa otorga al Ministerio del Interior nuevas facultades, incluyendo la capacidad de:
- Autorizar, denegar y cancelar ingresos y residencias
- Gestionar el otorgamiento, pérdida y recuperación de la nacionalidad
- Expulsar a ciudadanos que ingresen sin autorización
- Controlar el flujo migratorio nacional
El proyecto contempla reformas al Código Penal que endurecerían las sanciones para el ingreso irregular al país. La Dirección de Migración y Extranjería contará con una estructura que incluye un director general y dos subdirectores, con responsabilidades específicas de gestión migratoria.
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Entre las disposiciones más destacadas, el director general podrá:
- Recopilar información sobre el flujo migratorio
- Denegar el ingreso a personas consideradas un potencial riesgo para la seguridad nacional
Respecto a la reforma, el ex embajador Nicaragua ante la OEA, Arturo Macfields, expresó en sus redes sociales: “Permiso para entrar, permiso para salir, permiso para vivir en tu propio país». Agregó que para él esta nueva Ley «de Migración y Extranjeria «es una aberración jurídica».
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El proyecto de ley se encuentra actualmente en revisión en la Asamblea Nacional de Nicaragua.
La iniciativa de reforma contiene los siguientes aspectos:
- La decisión del Estado de Nicaragua de otorgar, denegar y cancelar el ingreso, permanencia, residencia y nacionalidad nicaragüense adquirida.
- Fortalecer los controles fronterizos a nivel nacional.
- Establecer la base jurídica para la transición del uso del pasaporte de lectura mecánica a electrónica.
- Permitir a los ciudadanos y ciudadanas de otras nacionalidades adquirir más de una subcategoría migratoria; y se incorpora la categoría de «Visa de Negocios» acorde a la promoción de la inversión y convenios bilaterales.
- Ampliar el plazo de 72 horas a 7 días hábiles para circular de forma preventiva a los menores de edad, a solicitud de uno de los padres; cuando exista riesgo de intención de uno de ellos de llevarlo fuera del país sin el permiso correspondiente.
- Se realiza reforma al Código Penal para desalentar la evasión de controles con fines ilícitos.